Consejo de Abogados pidió al STJ un adecuado funcionamiento del Poder Judicial durante la cuarentena

El Consejo Profesional de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial del Chaco realizó una serie de pedidos al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chaco, con el fin de asegurar un mínimo y adecuado funcionamiento del Poder Judicial provincial durante el período de receso extraordinario que se dispuso como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

Resaltando la necesidad de que se concilien los intereses en juego, la salud pública e individual por un lado y por el otro el derecho de las personas que necesitan acceder a la justicia y el trabajo profesional de los abogados y las abogadas que dependen de ello como medio de subsistencia personal y familiar, el Consejo de Abogados propuso medidas que permitieran el funcionamiento mínimo de los órganos judiciales por especialidad, a la vez que propició que se utilizarán los mecanismos de trabajo digital ya disponibles en el Poder Judicial del Chaco, de modo de reducir el contacto entre personas, evitando de esta manera la propagación de la patología pandémica.

Resumidas, estas son las propuestas que el Consejo de Abogados presentó al Superior Tribunal de Justicia en fecha 25 de marzo y que reiteró en fecha 2 de abril, ante la no consideración en la Acordada que el órgano judicial emitiera el 30 de marzo:

1. Establecer una ampliación de los Juzgados que actuarán durante el receso extraordinario dispuesto,  considerando la habilitación de un Juzgado por cada fuero existente, dotado del personal mínimo necesario para su funcionamiento.

2. Habilitar el trabajo en sus respectivos domicilios de todos los magistrados y funcionarios que no estén designados como autoridades o en funciones durante el receso.

3. Habilitar la suspensión individual en los procesos donde hubieren letrados de alguna de las partes afectados por el coronavirus, implicando ello desde la afección directa, la de un familiar a su cuidado.

2. Maximizar la utilización de las vías digitales para consulta, presentación de escritos y procuración de los expedientes. Ello exige tanto un esfuerzo de los trabajadores judiciales para volcar en el expediente judicial digital toda la información necesaria para que los abogados y las abogadas puedan realizar el control y seguimiento de sus expedientes, como por parte de los abogados y las abogadas en cuanto al compromiso de no asistir a los tribunales, maximizar el uso de esas herramientas y concurrir solo en casos imprescindibles donde no hubiere otra manera de abordar el caso.  

2.1.  Ingreso digital de todos los escritos judiciales hasta tanto se supere esta emergencia, estableciendo la firma digital en reemplazo de la exigencia de imponer firma ológrafa en todos los escritos a ser ingresados al mismo sistema.

2.2. Establecer que las copias de las documentales a ser presentadas y que requieran traslado deberán ser escaneadas y el traslado corrido por cédula electronica con el adjunto correspondiente.

3. Habilitar las consultas telefónicas para evitar que los abogados y las abogadas concurran a los tribunales, instruyendo al personal a responderlas.

4. Utilizar la notificación por correo electrónico para informar sobre los expedientes reservados, de manera que el/la abogado/a pueda conocer su evolución sin concurrir al tribunal.

5. Si el caso exige tomar audiencia, deberá realizarse en la sala de audiencia en caso de existir, o bien en un lugar donde se puedan respetar las medidas de restricciones de contacto establecidas como recomendaciones sanitarias.

6. Dar prioridad a los pagos de créditos y honorarios pues tienen para sus beneficiarios carácter alimentario.

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